El Banco Central anunció nuevas medidas para restringir el acceso al dólar a tipo de cambio oficial. La más importante, es que los consumos en dólares con tarjeta de crédito pasarán a computarse dentro del límite de 200 dólares por mes que se permite adquirir a las personas.

Esto quiere decir que si una persona realiza con tarjeta de crédito una compra por 100 dólares, el cupo para compra de dólar billete se reduce a 100 dólares.

Concretamente, el BCRA estableció que a partir del 1 de septiembre de 2020 los pagos realizados por los consumos en moneda extranjera con tarjetas de crédito o débito se tomarán a cuenta del cupo mensual. No habrá tope al consumo con tarjetas (débito y crédito) y cuando los gastos mensuales superen el cupo, absorben el de los meses subsiguientes.

El súper cepo.

Además, tanto la compra de dólares como el consumo con tarjeta estará alcanzado por un pago del 35% a cuenta del Impuesto a las Ganancias. Es decir que al valor del dólar minorista habrá que sumar un 30% del impuesto PAIS y el 35% de Ganancias. Al precio de hoy de 80 pesos, daría un tipo de cambio de de 132 pesos. Esto es así porque al cambio minorista ($80) se le suma el 30% del impuesto PAIS ($24) y $ 28 de Ganancias.

También se ampliará el parking -el tiempo mínimo que debe mantenerse la tenencia de un activo- a 15 días, lo que desincentivará la operación para los que la utilizan para enviar dólares al exterior, ya que correrá solo para la cotización del contado con liquidación (CCL). El Banco Central también anunciará que habrán mecanismos de transparencia para operarlos con fines cambiarios.